La legislación sobre náutica de recreo avanza en su actualización determinada por los nuevos usos de consumo, la sostenibilidad y la digitalización
El pasado 10 de febrero se celebró el Webinar Novedades legislativas en curso, una oportunidad necesaria para impulsar la náutica de recreo en 2021, organizado por ANEN en colaboración con la Dirección General de la Marina Mercante y en el que participaron como ponentes su Director General, Benito Núnez Quintanilla, así como Julio Fuentes Gómez, Subdirector General de Normativa Marítima y Cooperación Internacional, Ana Núñez Velasco, Subdirectora General de Seguridad Contaminación e Inspección Marítima, y Sonia Barbeira Gordon, Jefa del Área funcional de náutica de recreo. Carlos Sanlorenzo, Secretario General de ANEN, moderó y condujo el encuentro online que ha reunido a cerca de 140 empresas.
De las diferentes intervenciones y del análisis de las modificaciones y novedades previstas en la normativa en proceso se concluye con carácter general que las nuevas formas de consumir, los avances en la digitalización y la sostenibilidad son los factores principales que van a determinar la actualización en curso de la legislación que regula la náutica de recreo. Actualizaciones que afectarán a normas tan relevantes como la Ley de Navegación Marítima y del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el Despacho de buques, la Orden FOM/1144/2003 de elementos de seguridad, la normativa que afecta al “Arrendamiento náutico de embarcaciones y buques de recreo” o en materia de titulaciones náuticas.
La modificación de la Ley de Navegación Marítima va a suponer de facto una independencia jurídica náutica que transformará la actividad sectorial. El objetivo de estas actualizaciones legislativas, tanto la citada LNM como del Texto Refundido de la Ley de Puertos, suponen un paso importante hacia la “codificación única del derecho náutico”, algo que desde ANEN siempre se ha visto como estratégico para el desarrollo del sector y actividad afín, una cierta autonomía legislativa que significa un gran avance.
El Secretario General de ANEN inicio la jornada con la introducción de la materia normativa y con la presentación de los representantes de la DGMM, cuya disposición refleja, como siempre, el apoyo de esta Administración al sector náutico. Carlos Sanlorenzo resaltó la oportunidad que la pandemia ha brindado al sector en cuanto que ha permitido impulsar la náutica como opción de ocio seguro, con el aumento de la demanda de productos náuticos, como es el alquiler de embarcaciones de recreo, entre otros. No obstante, señaló que el sector tiene que situarse al nivel de países de nuestro entorno, como Grecia o Croacia, en lo que se refiere al impacto de la náutica en la sociedad y para ello es fundamental que esta evolución venga acompañada de una legislación que lo impulse.
El Director General de la Marina Mercante intervino a continuación e insistió en la capacidad de atractivo de la náutica de recreo en situaciones adversas, siendo además una opción de turismo que no está impregnada de la masificación que se produce en otras alternativas de ocio, motivos por los que no ha sufrido la intensa debacle que ha afectado a determinados subsectores del turismo. Se refirió también a los nuevos usos de consumo de la náutica de recreo, en particular a la generalización del concepto de uso sobre el de compra, de la que la Administración es consciente y que la normativa que viene tiene muy en cuenta.
La náutica de recreo refuerza su entidad e independencia jurídica: de la LNM a las titulaciones náuticas
Las reformas en curso de la Ley de Navegación Marítima y del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en lo que afecta a la náutica de recreo, fueron analizadas por Julio Fuentes. La importancia que ha cobrado la náutica de recreo en los últimos años para la Administración se plasmará en el desarrollo de un Título específico sobre náutica de recreo, incluido en la Ley de Puertos del Estado del Estado y de la Marina Mercante, y que reforzará la entidad propia de la actividad náutica. De esta forma, la definición de náutica de recreo quedará adscrita en este Título específico y se suprimirá del apartado de abanderamiento de buques donde se incluye actualmente. Otro paso trascendental es la sustitución del término buque mercante por buque civil cuando la norma se refiera a embarcaciones de recreo. El problema del abandono de buques y la propuesta de regulación de un expediente notarial para la enajenación de embarcaciones de recreo abandonadas, está también contemplada en la reforma de la LNM. En cuanto la fase en la que se encuentra la reforma del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, Julio Fuentes adelantó que previsiblemente entre en fase de audiencia pública esta misma semana.
En otro punto de su intervención, el Subdirector General de Normativa Marítima y Cooperación Internacional abordó la próxima reforma del REBECA (Registro especial de buques y empresas navieras de Canarias) según la cual se prevé la posibilidad de registrar buques y embarcaciones de recreo en este Registro superiores a 15 metros siempre que estén afectas al chárter.
Ana Núñez, Subdirectora General de Seguridad Contaminación e Inspección Marítima, se centró en dos de las Instrucciones de servicio que se publicaron el año pasado: la Instrucción de Servicio IS 2/2020 que regula la Asignación de la tripulación mínima de seguridad en buques de recreo y la Instrucción de Servicio IS 3/2020 sobre Arrendamiento náutico de embarcaciones y buques de recreo, ambas en revisión para actualizar y consolidar aquellos aspectos de las mismas que han generado más incertidumbre y problemática a la hora de su aplicación. En este sentido, en la página web del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, en la sección “Marítimo” (pinchar en este ENLACE), se encuentran a disposición de los usuarios aquellas Consultas Técnicas emitidas desde 2019 que tienen relación con la náutica de recreo (documentos redactados para armonizar los criterios aplicados por las Capitanías Marítimas, cuyo conocimiento también puede ser de interés para los administrados).
El Brexit y sus efectos en la normativa de la náutica de recreo española
El impacto del Brexit en la actividad de la náutica de recreo española también fue objeto de análisis por parte de Ana Núñez, quien abordó las principales reivindicaciones del sector para minimizar los efectos negativos. En relación a este asunto, la DGMM ha remitido un documento (se puede consultar pinchando AQUÍ) que recoge los efectos de la salida del Reino Unido de la UE en la náutica española así como las instrucciones para la Capitanías Marítimas al respecto.
Sobre esta cuestión ANEN publicó a principios del mes de enero una GUIA que se puede consultar en este ENLACE.
La última intervención, a cargo de Sonia Barbeira, Jefa del Área funcional de náutica de recreo, se centró en el futuro RD por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo, cuya principal novedad es la extensión de su ámbito de aplicación a todas las embarcaciones de recreo, incluidas embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas, siempre y cuando sus propietarios y las embarcaciones tengan una vinculación auténtica con España. El régimen sancionador es otro de los apartados en los que el futuro RD introduce modificaciones con respecto al cuadro de infracciones y sanciones establecidas, de manera que se precisan más las sanciones correspondientes, lo que da más seguridad al usuario al estar todas tipificadas. En cuanto a los requisitos de inspección de los equipos de seguridad a bordo, la evolución tecnológica desde la anterior Orden FOM/1144/2003, exige modificar algunas condiciones técnicas de los equipos. Este RD está ya pendiente de la contestación del Consejo de Estado, y a partir de aquí se espera la publicación en el BOE para su entrada en vigor.
Sobre el Despacho de buques, en lo que se refiere a náutica de recreo, el objetivo es simplificar lo más posible el proceso. Como explicó Sonia Barbeira, los nuevos despachos simplificados se diferencian de la declaración expresa actual en que el procedimiento es mucho más simple y menos exigente en cuanto a documentación requerida, no se necesita una resolución expresa por parte del Capitán Marítimo, sino que se puede presentar la solicitud en la sede digital de la DGMM directamente.
Las novedades más interesantes en materia de titulaciones náuticas, según explicó la Jefa del Área funcional de náutica de recreo, se plasmarán en un nuevo formato físico para las titulaciones, más cómodo y reducido, y en la organización de los exámenes para evitar que causas como la pandemia impidan que se realicen como ocurrió el año pasado.
El sector náutico debe estar preparado para la fiscalidad que viene ligada a sostenibilidad
Como se anticipó en el último Congreso de ANEN, los conceptos de “Ecobarco” y “Econáutica” siguen su curso y requieren de una regulación específica. ANEN ha creado un grupo de trabajo inmerso en la elaboración de una propuesta que se presentará a la Administración y que será la referencia para la futura norma en la que trabaja la Administración, todavía en fase preliminar.
Como ha señalado el Director General de la Marina Mercante, se trata de “una norma revolucionaria que será uno de los leitmotiv de desarrollo de la náutica”. La norma se cimentará sobre los conceptos de Ecobarco y Econáutica y estará ligada a la fiscalidad con base en la sostenibilidad, por ello el sector debe tomar iniciativas orientadas a la preservación del medioambiente, con actitud responsable para que la Administración contemple la actividad náutica en este sentido, comentó Benito Núñez Quintanilla.