Nautica y Yates_17 - page 82

[ESPECIAL EQUIPO]
Salvavidas hinchables
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del chaleco. Los puntos a revisar
aparte del sistema de hinchado
automático, son la boquilla
exterior, las cámaras, las cinchas,
las hebillas de ajuste, el silbato
y las tiras reflectantes. Para ello
es suficiente un examen visual.
Basta comprobar el buen estado
general y observar si hay algún
defecto que pueda afectar al
funcionamiento del chaleco, como
puede ser una cámara pinchada.
Respecto al sistema de hinchado
el tema es más delicado. De
entrada, hay que asegurarse de que
la botella de gas esté llena, no esté
picada u oxidada, y de que esté
Normativa de chalecos salvavidas en España
S
egún la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad,
salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que
deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo. En el Capítulo II, Elementos de salvamento,
Artículo 7, Los chalecos salvavidas quedan regulados de la siguiente forma:
1.
Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por
persona autorizada, más un 10% del total.
2.
Las embarcaciones que naveguen en las Zonas 2 a 7 llevarán como mínimo un chaleco
salvavidas por persona autorizada.
3.
Se proveerán chalecos salvavidas para el 100% de niños a bordo.
4.
Los chalecos salvavidas inflables serán revisados anualmente en una Estación de servicio
autorizada.
5.
Los chalecos salvavidas podrán ser de tipo:
a)
SOLAS, homologado por la Dirección General de la Marina Mercante.
b)
SOLAS, homologado por un organismo notificado con la marca de rueda de timón de
acuerdo con el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo.
c)
«CE», homologado por un organismo notificado de acuerdo con el Real Decreto 1407/1992,
de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre
circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.
6.
La flotabilidad requerida en los chalecos de marcado «CE», se indica en el cuadro resumen que
figura en el artículo siguiente.
(1) Chaleco «CE»: flotabilidad mínima requerida según norma UNE-EN 399:1995. (2) Chaleco «CE»: flotabilidad mínima requeri-
da según norma UNE-EN 396:1995. (3) Chaleco «CE»: flotabilidad mínima requerida según norma UNE-EN 395:1995.
A)
Zona de
navegación
Oceánica.
Le
corresponde la
siguiente Zona:
Zona «1».
Zona de
navegación
ilimitada.
B)
Zona de
navegación en Alta
Mar.
Zona «2».
Navegación en la
zona comprendida
entre la costa y la
línea paralela a la
misma trazada a 60
millas.
Zona «3».
Navegación en la
zona comprendida
entre la costa y la
línea paralela a la
misma trazada a 25
millas.
C)
Zona de navega-
ción en aguas costeras.
Zona «4».
Navegación en la zona
comprendida entre
la costa y la línea
paralela a la misma
trazada a 12 millas.
Zona «5».
Navegación en la cual
la embarcación no se
aleje más de 5 millas
de un abrigo o playa
accesible.
Zona «6».
Navegación en la cual
la embarcación no se
aleje más de 2 millas
de un abrigo o playa
accesible.
D)
Zona de
navegación en
aguas protegidas.
Le corresponde la
siguiente Zona:
Zona «7».
Navegación en
aguas costeras
protegidas,
puertos, radas,
rías, bahías
abrigadas y aguas
protegidas en
general.
Zonas de navegación
Los
chalecos
equipados
con un cabezal
automático
Pro-Sensor
(Plastimo) tie-
nen un testigo
verde o rojo que
hacen muy fácil
ver si está en
condiciones.
A modo
indicativo,
un percutor
hidrostático
Hammar debe
sustituirse
cada cuatro o
cinco años.
Ventana
para poder
visualizar el
estado del
percutor
hidrostático.
Pastillas de
sales en buen y
mal estado.
Elemento
Zona de
navegación
Zona de
navegación
Zona de
navegación
Zona de
navegación
Zona de
navegación
1
2
3
4
5, 6, 7
Chalecos
salvavidas
110% personas
SOLAS o CE
100% personas
SOLAS o CE
100% Personas
SOLAS o CE
100% personas
SOLAS o CE
100% personas
SOLAS o CE
(275 N) (1)
(150 N) (2)
(150 N) (2)
(150 N) (2)
(100 N) (3)
1...,72,73,74,75,76,77,78,79,80,81 83,84,85,86,87,88,89,90,91,92,...196
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