Revista Náutica y Yates 25 - page 48

[IMPUESTOS ]
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Melilla y las Islas Canarias. Francia
no lo aplica en Guadalupe, Guaya-
na, Martinica, Reunión. El Reino
Unido en las islas del Canal y en
Gibraltar. Dinamarca en Groenlan-
dia y en las islas Feroe. Y casos bien
curiosos son los de Grecia, que no
lo aplica en el monte Athos, o el de
Italia, que no lo aplica en Livigno,
en Campione de Italia (enclaves ita-
lianos en el interior de Suiza) y en
las aguas italianas del lago Lugano.
TIPOS REDUCIDOS
Cada país puede elegir qué artícu-
los o servicios se sitúan en uno u
otro tramo de IVA, siempre dentro
de unos márgenes marcados por la
normativa europea. Esto ha sido, a
veces, objeto de conflicto, pues hay
estados que, pretendiendo favorecer
determinadas actividades, tienen
tipos muy bajos para determinados
sectores. Por ejemplo, en Grecia, los
hoteles están en el 6,5%, igual que
los libros o los periódicos. En gene-
ral, entran en los tipos reducidos los
libros, el transporte de pasajeros, los
restaurantes, los hoteles o el acceso a
eventos de entretenimiento, cultura-
les y deportivos. En este punto cabe
comentar que el gobierno español de
Mariano Rajoy pasó el llamado “IVA
cultural” del tipo reducido al tipo
general, lo cual implicó el aumento
inmediato del 10% al 21% para este
tipo de actividades.
OTROS IMPUESTOS
En España existe el llamado Impuesto
Especial sobre Determinados Medios
de Transporte, resumidamente deno-
minado Impuesto de Matriculación,
que se aplica a la primera matricu-
lación de automóviles, motocicletas
de más de 250 cc, embarcaciones de
recreo y aviones o avionetas provistas
de motor. Ahora bien, este impuesto
no se aplica ni a todos los automóviles
ni a todas las embarcaciones.
El impuesto se aplica a los auto-
móviles en cuatro tramos según lo
que se denomina “emisiones abso-
lutas homologadas”. El tipo más
bajo es el 0%, que se aplica si las
emisiones son inferiores a 120 g/
km de CO2. Es el 4,75% para los
automóviles que emiten entre 120
y 160 g/Km; Es del 9,75% para los
que emiten entre 160 y 200 g/Km y
del 14,75% si se sobrepasa esa canti-
dad de emisiones. Este impuesto no
tiene ninguna relación con el grado
de exclusividad o precio del vehícu-
lo, sino por su supuesta capacidad
contaminante y solo por dióxido de
carbono. Este impuesto no afecta a
los vehículos de dos ruedas y tiene
también una completa tabla con re-
ducciones y exenciones. Por ejem-
plo, es más bajo en las Islas Canarias.
También hay que tener en cuenta
que se trata de un impuesto cedido
a las comunidades autónomas, que
pueden modificarlo. En Andalucía,
Asturias, Baleares, Cantabria, Cata-
luña y Extremadura puede llegar al
16%, y en Murcia al 15,9%.
¿QUÉ PAGAN LAS
EMBARCACIONES?
En el caso de las embarcaciones de
recreo el asunto es mucho más fácil.
No se grava por emisiones, sino por
eslora, sin importar si su propulsión
sea a vela o a motor. Muchos exper-
tos han criticado este cambio de cri-
terio, pues si se hubiese aplicado un
criterio de “calidad del aire y protec-
ción de la atmósfera”, que es el título
de la Ley que lo ampara, los barcos
propulsados a vela deberían disfrutar
de un tipo impositivo inferior.
Si la embarcación tiene 8 metros
de eslora o menos, no está sujeta al
impuesto. Pero igualmente hay que
presentar una declaración ante la
Agencia Tributaria (impreso modelo
06), tanto si es nueva como usada.
Si la embarcación tiene más de 8
metros de eslora, se deberá abonar el
12% del valor en concepto de im-
puesto de matriculación (11% en
Canarias). En un principio estaban
exentas las embarcaciones de eslo-
ra inferior a 15 metros destinadas a
chárter —únicamente las menores
de 15 metros— pero a partir del 30
de octubre de 2013 se eliminó para
todos los barcos de alquiler, pues
esto suponía una desventaja a la hora
de competir como destino de chárter
con otros países de Europa.
Aquí también se produce una ex-
cepción: la de las motos acuáticas. No
están consideradas como embarcacio-
Comparación de impuestos sobre la náutica de recreo en
algunos estados europeos
País
IVA
Impuesto de
Matriculación
Otros anuales
Observaciones
España
21 % 12% a partir de 8 metros
No
Existen tasas por
amarre
Francia
20 %
No
Tramo por eslora más
potencia instalada, a
partir de 3
/KW
Bonificaciones en IVA
en caso de financiar
Italia
22 %
No
Desde 870 euros a
partir de 14 metros
Bonificaciones en IVA
en caso de financiar
Portugal
23 %
No
2,59
/Kw a partir de
20 Kw
Bélgica
21 %
2.478
, a partir de 7,5
metros. Descuentos en
función de la antigüedad
No
España es el único país con
Impuesto de Matriculación del 12%.
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