Revista Nautica Y Yates 23 - page 60

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E
n líneas generales y con el
úniSegún establece el artícu-
lo 4.2 del Real Decreto so-
bre titulaciones náuticas 875/2014
en ningún caso los títulos náuticos
regulados en este real decreto habi-
litan para la realización de activida-
des profesionales marítimas a bordo
de los mismos.
Dicha delimitación prohíbe ex-
presamente realizar cualquier tipo
de actividad remunerada con carác-
ter profesional a bordo de una em-
barcación de recreo como pueda ser
la actividad de patrón de chárter,
realizar un transporte de una em-
barcación desde un puerto a otro o
servicios de marinería, por citar al-
guna de ellas.
Para poder prestar dichas activi-
dades se ha de disponer de alguna
titulación profesional, reguladas
en el Real Decreto 938/2014 que
entró en vigor el 8 de febrero de
2015, y que modifica el Real De-
creto 973/2009, de 12 de junio,
por el que se regulan las titulacio-
nes profesionales de la marina mer-
cante.
Un impulso
necesario
La adecuación de las titulaciones profesionales a
las actividades de la náutica de recreo requiere una
actualización y, en consecuencia, la publicación
de una nueva normativa que contemple a las
necesidades reales del sector.
TITULACIONES
PROFESIONALES
En concreto, se establecen las si-
guientes titulaciones profesionales,
entendido éstas como las que facul-
tan a su legítimo titular para prestar
servicio en el cargo estipulado y des-
empeñar las funciones previstas pa-
ra el nivel de responsabilidad espe-
cificado.
Carlos Sanlorenzo
Titulaciones profesionales
Pese a los múltiples títulos y cer-
tificados existentes, a continuación
nos vamos a detener en aquellas ti-
tulaciones o certificados que enten-
Carlos Sanlorenzo.
Algunas
titulaciones se
han de adaptar
a actividades
profesionales en la
náutica de recreo.
Navegación
Capitán de la marina mercante.
Piloto de primera de la marina mercante.
Piloto de segunda de la marina mercante.
Patrón de altura.
Patrón de litoral.
Patrón portuario.
Sección de máquinas
Jefe de máquinas de la marina mercante.
Oficial de máquinas de primera de la marina mercante.
Oficial de máquinas de segunda de la marina mercante.
Oficial electrotécnico de la marina mercante.
Mecánico mayor naval.
Mecánico naval.
Sección de comunicaciones
Oficial radioelectrónico de primera de la marina mercante.
Oficial radioelectrónico de segunda de la marina mercante.
Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima
Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima
demos puedan interesar a los opera-
dores del sector náutico en atención
a sus atribuciones y en proporción a
los requisitos para su obtención:
1...,50,51,52,53,54,55,56,57,58,59 61,62,63,64,65,66,67,68,69,70,...132
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