Revista Nautica Y Yates 24 - page 94

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[COMPRA ]
Neumáticas y semirrígidas
Financia ión
¿Qué es el leasing
náutico?
Ni más ni menos que la herramienta
idónea para la financiación de una
embarcación. El también conocido como
arrendamiento financiero con opción
de compra, es la solución financiera
más utilizada en el sector náutico
internacional por su simplicidad,
flexibilidad y por las numerosas ventajas
que ofrece.
¿Cuáles son las
diferencias con
respecto a un crédito
náutico?
En el leasing náutico el cliente puede
ser arrendatario a medio y/o largo
plazo; con una opción de compra
garantizada, siendo la entidad financiera
la propietaria de la misma. En el crédito
náutico el cliente es el propietario de la
embarcación manteniendo la entidad
financiera una reserva de dominio de la
misma durante la vigencia del contrato.
¿Quién puede
acceder a este tipo de
financiación?
Toda persona que desee adquirir una
embarcación puede beneficiarse del
leasing náutico, según su capacidad
financiera. Va dirigido a particulares y
empresas con actividad náutica.
¿Cuáles son los
derechos del cliente
como arrendatario de la
embarcación?
El cliente es el armador y arrendatario de
la embarcación, goza de un derecho de
opción de compra y/o de subrogación a
un tercero.
¿Qué interés tiene
arrendar en vez de ser
directamente propietario
de la embarcación?
La principal ventaja es la reducción
del IVA sobre las cuotas que nos ofrece
el producto y que va en función de la
categoría de diseño y zona de navegación,
un ahorro que puede ser determinante en
la adquisición de una embarcación.
¿Anombre de quién
está la embarcación?
La embarcación está a nombre del
arrendador (la financiera) aunque el
arrendatario tiene los mismos derechos de
utilización y obligaciones que si la misma
estuviese a su nombre. La embarcación
podrá tener las opciones y armamento
deseado por el arrendador.
¿Se puedenmodificar
las cuotas?
El arrendatario, a lo largo de la
financiación, tiene la posibilidad de
modificar el importe de las cuotas o
cambiar la fecha de pago, así como añadir
equipamiento extra entre otras opciones.
¿Se puede subrogar a
un tercero?
Si el cliente decide cambiar de
embarcación o separarse de la misma a
lo largo del contrato, está en su derecho
de subrogarla a un tercero quién podrá
beneficiarse de las mismas ventajas que
el arrendatario inicial, previa aceptación
de la financiera. Se posibilita así la
renovación y adquisición de una nueva
embarcación o la venta fácil de la misma,
manteniendo su valor y todas las ventajas
de la financiación del leasing.
¿Cómo vence el
contrato de leasing
náutico?
Al final del contrato, la embarcación pasa
a nombre del arrendatario por el importe
pre-establecido en origen.
¿Quién asegura la
embarcación?
Debe ser asegurada por el arrendatario
del contrato, a todo riesgo con o sin
1.
Navegar no es
¿Quién no ha soñado alguna vez con salir a navegar o incluso pasar un verano
en familia o entre amigos a bordo de un barco? Muchos piensan que la pasión
de navegar no está reservada a personas con la capacidad financiera suficiente
para permitirse poder comprar una embarcación. Hoy en día, navegar está al
alcance de todos… Sí, es posible. Existen posibilidades de alcanzar ese sueño sin
complicaciones y de forma sencilla y ventajosa.
Los autores responden a nuestros interrogantes para demostrar que la adquisición
de una embarcación es un sueño perfectamente alcanzable con el leasing náutico y
el crédito náutico.
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