Nautica y Yates_17 - page 159

13
Zonas especialmente protegidas de
Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM)
Los países de Mediterráneo, en el marco del
Convenio de Barcelona para la protección del
medio marino y la zona costera del Mediterráneo,
firmaron en 1995 el Protocolo sobre las Zonas
Especialmente Protegidas y la Diversidad Biológica
del Mediterráneo. Uno de los fines del protocolo es
crear la Lista de ZEPIM, para frenar la degradación
del Mediterráneo. Para que una zona sea declarada
ZEPIM debe contar con algún tipo de protección
y debe contener ecosistemas típicos de la zona
mediterránea o hábitats de especies en peligro.
Además, ha de tener un interés especial en el
plano científico, estético o cultural o desempeñar
una función importante en la conservación de la
diversidad biológica.
Normalmente, al ser ya espacios protegidos por la
legislación nacional, los lugares de la lista cuentan
con planes de gestión, y en caso de no ser así, será
obligatorio tenerlos. Como ejemplo, en Cataluña
los ZEPIM son las Islas Medes y el Cabo de Creus.
Caso concreto en el Mediterráneo: praderas
de posidonia oceánica
La mayoría de Comunidades Autónomas han
dispuesto un sistema de protección de la posidonia
mediante el amarre obligatorio en boyas para
evitar el fondeo.
Uno de los sistemas ha sido organizar los
denominados Lugar de Interés Comunitario
o Zona LIC, que es una zona propuesta por el
gobierno español o comunidad autónoma a la
CEE para la protección de hábitats o especies que
aparecen en la Directiva Hábitats. En el medio
marino y para el Mediterráneo la mayoría de zonas
LIC propuestas lo son para la protección de la
pradera de posidonia oceánica, aunque en Cataluña
se engloban dos grandes áreas para la protección
de ciertas aves marinas (Baix Llobegat y Garraf y
Delta de l´Ebre).
Cuando realicemos una navegación, nos hemos
de informar previamente en los derroteros de las
zonas que están protegidas, de la disposición de las
boyas y así evitaremos fondear sobre la posidonia.
5.1 Normativa IALA
(International Association of Lighthouse Authorities)
Marcas laterales región A
La mayoría de los puertos, tanto deportivos como
comerciales, suelen estar frente a una ciudad o
pueblo. Este hecho hace que el impacto lumínico
nocturno sea importante, y que el navegante que
está buscando la bocana tenga serias dificultades
para encontrarla, porque suele quedar enmascarada
entre una línea de luces de calles, carreteras, locales
comerciales, coches, etc. Además, todas estas luces
se reflejan en el cielo y deslumbran al navegante
que llega de noche, cansado, y en un entorno de
muy poca luz. Recordemos que durante la noche el
uso de luces a bordo es mínimo precisamente para
no deslumbrar a los tripulantes de guardia.
El sistema de balizamiento está pensado para
ayudar a los navegantes en estas situaciones, tanto
de día como de noche.
Este sistema establece las reglas aplicables a todas
las marcas fijas y flotantes (excepto faros, luces
de sectores, luces y marcas de enfilación, buques-
faros y boyas gigantes de navegación), destinadas a
indicar:
Los límites laterales de los canales navegables.
Los peligros naturales y otros obstáculos, tales
como los naufragios.
Otras zonas o configuraciones para los navegantes.
Los peligros nuevos
En este capítulo no vamos a estudiar los faros
concretos de una zona, sino que repasaremos el
balizamiento generalizado para cualquier parte del
mundo (considerando Las regiones A y B, que ya
veremos más adelante).
Balizamiento
MARCAS LATERALES
CANAL PRINCIPAL
A ESTRIBOR
BIFURCACIÓN
CANAL PRINCIPAL
A BABOR
BIFURCACIÓN
Legislación
[UNIDAD TEÓRICA 4]
1...,149,150,151,152,153,154,155,156,157,158 160,161,162,163,164,165,166,167,168,169,...196
Powered by FlippingBook