Revista Náutica&Yates 34 - page 67

[OPINIÓN]
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La opción de bandera no exime del
cumplimiento de las obligaciones fiscales que el
armador deba asumir donde navegue.
la bandera de la embarcación, las
posibles seducciones se centrarían
tan sólo en las inspecciones técni-
cas (ITB) y en los elementos de se-
guridad precisos para despachar la
embarcación, además de la agilidad
del registro en la obtención de la
matrícula o abanderamiento.
Por lo que se refiere a la titula-
ción y desde la publicación del
último Real Decreto 875/2015
de titulaciones náuticas, tampoco
puede ser un factor a considerar.
Y ello porque la Disposición
Adicional Octava de la mencionada
normativa de titulaciones náuticas
establece que toda persona que go-
bierne una embarcación de recreo,
abanderada en otros Estados pero
que navegue por aguas en las que
España ejerza soberanía, derechos
soberanos o jurisdicción, deberá́
estar en posesión de una titulación
que le habilite para realizar dicha
navegación.
A los efectos previstos en el apar-
tado anterior la titulación exigible,
en aquellos casos en los que la na-
cionalidad del patrón coincida con
la del pabellón de la embarcación,
será la requerida de acuerdo con la
legislación del país de nacionalidad
del patrón.
Y para los casos en los que no
coincidan ambas nacionalidades la
titulación será aquella requerida
por la legislación del país de resi-
dencia del patrón o en su defecto,
la de su nacionalidad.
Por lo que se refiere a elementos
de seguridad, la Dirección General
de la Marina Mercante pretende
llevar a cabo en ciernes la modifica-
ción de la Orden Fom 1144/2003
y exigir que, con independencia de
la bandera, si el titular de la em-
barcación es residente español y la
embarcación tiene su base en Es-
paña, los elementos de seguridad
se deberán adaptar a la normativa
española, con independencia de la
bandera.
Eso sí, también se aprovechará
esta reforma para flexibilizar deter-
minados requisitos y exigencias en
esta materia como la revisión de las
balsas salvavidas.
El autor es abogado especializado en legislación
y normativa náutica, y director general de ANEN
(Asociación Nacional de Empresas Náuticas).
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